La reforma de la ley del autónomo4 minutos de lectura

Descubre cuáles son los cambios más importantes y cómo te afecta la reforma de la ley del autónomo, a nivel profesional y personal.

Ya tenemos aquí la tan esperada reforma de la ley del autónomo, aprobada por el Senado y, a fecha de hoy, pendiente de publicación, que se espera antes de final de año.

No es un cambio integral de esta norma y tampoco se han introducido reclamaciones históricas de los autónomos, tales como la cotización por días o a tiempo parcial. Pero se flexibilizan algunas áreas.

Un punto destacable de esta ley es que tiene dos períodos de implantación. Hay cambios que entran en vigor des de su publicación y otros, los que dependen de los Presupuestos Generales del Estado, que tendrán que esperar hasta el 1 de enero de 2018 para poder ver la luz.

Entre los cambios que entran en vigor en el momento de la aprobación de la norma tenemos:

Los trabajadores autónomos que estén de baja por maternidad o riesgo durante el embarazo podrán bonificarse la cuota al 100%, y esta es la novedad, aunque no se contrate a nadie para sustituir la baja maternal. Importante es saber que, si se contrata un trabajador interino para sustituir la maternidad del autónomo, también la cotización del trabajador por cuenta ajena estará bonificada en un 100%.

En cuanto a las tan discutidas deducciones de los gastos del trabajador autónomo, si este realiza su trabajo desde el hogar familiar, podrá deducirse luz, agua y gas en un 20%.

En cuanto a los trabajadores autónomos de más edad, si tienen trabajadores por cuenta ajena a su cargo, tienen la opción de cobrar el 100% de la jubilación y seguir dado de alta como autónomo. Poder estar al frente del negocio incluso después de optar por la jubilación.

Los autónomos societarios dejan de tener su cuota vinculada al SMI.

Los cambios que se harán efectivos, probablemente, a principios del 2018 son los que hablan de bonificaciones o la cotización.

Hasta ahora, para poder acogerse a la “tarifa plana” se exige o que sea la primera vez que se da de alta de autónomo o bien que no se haya sido autónomo en los últimos 5 años. La nueva normativa reduce este período a 2 años, lo que facilita el volver a emprender si se ha cerrado con anterioridad el negocio.

A partir del nuevo año la tarifa plana pasará a durar 24 meses. Los 12 primeros el autónomo disfrutará de una bonificación del 80% sobre su base de cotización (en bases mínimas se pagan 50 euros de cuota). Los 6 meses siguientes, del 13 al 18, se podrá beneficiar de una bonificación del 50% (en bases mínimas se pagará una cuota de 137,97 euros). Los últimos 6 meses, del 19 al 24, se bonificará el 30% (en bases mínimas se pagará una cuota de 192,79 euros).

Se abre una bonificación para madres emprendedoras. En el caso de mujeres que se den de alta como autónomas, antes de los dos años desde el cese del negocio, y después de haber sido madres, podrán acogerse a una tarifa plana para su cuota mensual.

La nueva normativa da flexibilidad a aquellos autónomos que realizan altas y bajas durante el año. En este sentido, y limitando estos movimientos a tres al año, el autónomo cotizará por los días que esté efectivamente de alta. Recordemos que actualmente, sea cual sea la fecha en que el trabajador gestiona su alta, paga el mes completo, lo que es un perjuicio cuando por temas de suspensión de la actividad en un momento dado, tiene que volver a reemprender su actividad.

En la norma vigente, los autónomos con hijos menores de siete años pueden pedir una bonificación del 100% de las cuotas de contingencias comunes. A partir del 1 de enero el plazo se amplía a autónomos con menores de 12 años.

Las contrataciones indefinidas en el régimen general que realice el autónomo con parejas, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado estarán bonificadas un 100% en la cuota empresarial de la Seguridad social durante 12 meses.

Como os he comentado, esperemos a la publicación de la ley y su completa aplicación para ver cómo afectan a los autónomos en su día a día.

Paqui Cano Fernández
Últimas entradas de Paqui Cano Fernández (ver todo)

Paqui Cano Fernández

Asesor laboral, formadora y coach. Acompañamiento y crecimiento personal. Mi carrera profesional se ha desarrollado en el sector de la asesoría de empresa. Hace 10 años entré a formar parte del 3er sector social, en el que compagino mi profesión de asesor laboral con el asociacionismo y la realización de conferencias a las entidades catalanas. La formación y el acompañamiento personal (coach) complementan mi perfil profesional. El sector laboral es amplio, no es solo leyes, también lo forman personas, y son a ellas a las que dirijo mi soporte y formación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*